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Curso de Prevención de Blanqueo de capitales

Objetivo

El objetivo de este curso es conocer, prevenir e impedir la realización de operaciones sospechosas del blanqueo de capitales. Este curso desarrolla las competencias básicas sobre la prevención del blanqueo de capitales. Dicho fenómeno se ha convertido en la actualidad en una de las actividades delictivas de mayor trascendencia desde el punto de vista económico, político y social a nivel internacional.

índice

  1. Blanqueo de Capitales
    • 1.1 Antecedentes históricos.
    • 1.2 Conceptos jurídicos básicos.
    • 1.3 Legislación aplicable: Ley 10/2010, de 28 abril y Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo.
    • 1.4 La investigación en el Blanqueo de Capitales.
    • 1.5 Paraísos Fiscales.
  2. Obligaciones establecidas en la legislación. Sujetos obligados.
    • 2.1 Sujetos obligados.
    • 2.2 Obligaciones.
    • 2.3 COnservación de documentación.
  3. Obligaciones establecidas en la legislación. Sujetos obligados de reducida dimensión.
    • 3.1 Disposiciones del Reglamento de Prevención de Blanqueo de Capitales: Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo.
    • 3.2 Obligaciones principales.
    • 3.3 Medidas de diligencia debida.
    • 3.4 Archivo de documentos.
    • 3.5 Obligaciones de control interno.
    • 3.6 Formación.
  4. Medidas preventivas de blanqueo de capitales (I).
    • 4.1 Medidas normales de diligencia debida.
    • 4.2 Medidas simplificadas de diligencia debida.
    • 4.3 Medidas reforzadas de diligencia debida.
  5. Medidas preventivas de blanqueo de capitales (II).
    • 5.1 Medidas de Control Interno: Política de admisión y procedimientos.
    • 5.2 Nombramiento de Representante.
    • 5.3 Análisis de riesgo.
    • 5.4 Manual de prevención y procedimientos.
    • 5.5 Examen Externo.
    • 5.6 Foormación de Empleados.
    • 5.7 Confidencialidad.
    • 5.8 Sucursales y Filiales en Terceros Países.
  6. Profesionales jurídicos como sujetos obligados.
    • 6.1 Profesiones jurídicas (notarios, abogados y procuradores (Orden EHA/114/2008)).
    • 6.2 Entidades bancarias.
    • 6.3 Contables y auditores.
    • 6.4 Agentes inmobiliarios.
  7. El régimen y procedimiento sancionador. Infracciones.
    • 7.1 Infracciones y sanciones muy graves.
    • 7.2 Infracciones y sanciones graves.
    • 7.3 Infracciones y sanciones leves.
    • 7.4 Graduación y prescripción.
¿Qué ley regula la prevención de blanqueo de capitales en España?

Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo 

¿Quién está obligado a hacer el curso de blanqueo de capitales?

Las entidades de dinero electrónico, las entidades de pago y las personas físicas y jurídicas de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera. Las personas que ejerzan profesionalmente actividades de cambio de moneda. Los servicios postales respecto de las actividades de giro o transferencia

¿Quién supervisa el blanqueo de capitales?

El Sepblac , como Autoridad Supervisora, tiene la misión de asegurar el cumplimiento por parte de los sujetos obligados de sus deberes de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

¿Cuándo hay que informar al Sepblac?

Plazo de presentación. La relación de sujetos obligados examinados deberá remitirse al Sepblac durante el mes siguiente a la finalización del semestre objeto de comunicación . A tal efecto, el semestre siempre coincidirá con un semestre natural —de enero a junio o de julio a diciembre.

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